Modelo renuncia y anulación

 

* RENUNCIA EXÁMENES CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE antes del 26 DE JULIO.

 

Para realizar este trámite, deberá enviar el modelo correspondiente al siguiente correo:  secretaria@eoiguada.es

 

RENUNCIA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE

El alumnado podrá renuciar a hacer los exámenes de la convocatoria extraordinaria de septiembre antes del 26 de JULIO únicamente si desea repetir curso y realizar la matrícula en el periódo ordinario de julio. Si no puede realizar la solicitud de matrícula a través de Educamos, envíe el siguiente formulario al correo de secretaría:

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RENUNCIA INICIO DE CURSO

El alumnado podrá renunciar a la matrícula antes del 31 OCTUBRE sin necesidad de alegar justificación alguna. En este supuesto, no computará a efectos de permanencia ni supondrá agotar ninguna convocatoria y no comportará el derecho a la devolución de los precios públicos abonados. El alumno deberá someterse de nuevo al proceso de admisión en el caso de que desee retomar sus estudios.

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ANULACIÓN CAUSA JUSTIFICADA

El alumnado podrá solicitar la anulación de matrícula cuando existan circunstancias de enfermedad prolongada, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones inexcusables de tipo personal o familiar que le impidan seguir sus estudios. La solicitud se formulará antes de finalizar el mes de abril, pudiéndose conceder al alumnado un máximo de tres anulaciones de matrícula por idioma, sin que compute a efectos de permanencia ni suponga agotar ninguna convocatoria. El alumno deberá someterse de nuevo al proceso de admisión en el caso de que desee retomar sus estudios.

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ANULACIÓN PRUEBAS DE CERTIFICACIÓN

El alumnado matriculado en la modalidad presencial que desee matricularse en la modalidad libre para realizar las pruebas específicas de certificación de un nivel/curso diferente al del que está matriculado deberá anular su matrícula de la modalidad presencial en un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional. Dicha anulación supondrá agotar la consiguiente convocatoria, computando a efectos de permanencia en las enseñanzas de idiomas de régimen especial, y no comportará el derecho a la devolución de los precios públicos abonados. El alumno que haya anulado matrícula en este supuesto deberá someterse de nuevo al proceso de admisión en el caso de que desee retomar sus estudios en el curso inmediatamente siguiente.

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