Supuestos de pérdida de oficialidad
El alumno podrá perder la oficialidad si no justifica las faltas en los siguientes supuestos:
- transcurridos 10 días lectivos (desde principio de curso o desde el día siguiente a su matriculación si las clases ya han comenzado), haya faltado a más del 50% (6 clases grupos alternos, 12 clases grupos diarios)
- en cualquier momento del curso (si acumula un 25% de las horas lectivas anuales no justificadas: 16 clases grupos alternos, 32 clases grupos diarios).
Consecuencias de pérdida de oficialidad
La pérdida de oficialidad conlleva que el alumno:
- no podrá seguir asistiendo a clase;
- no podrá presentarse a los exámenes trimestrales;
- perderá el derecho a la reserva de plaza, por lo que deberá realizar la preinscripción como nuevo alumno si desea continuar en las enseñanzas oficiales de idiomas;
- no se le devolverán las tasas abonadas.
¡ATENCIÓN! El alumno sí podrá concurrir a las pruebas oficiales específicas de certificación (2º, 3º y 5º) y a los exámenes finales (1º y 4º).
Justificación de faltas
Las faltas estarán justificadas, con documento entregado a su profesor, por los siguientes motivos:
- enfermedad que le haya impedido la asistencia a clase;
- obligaciones de tipo familiar y/o laboral;
- otras circunstancias de carácter extraordinario que el profesor evaluará.
Control de asistencia y faltas para menores
Para llevar un mejor seguimiento de la asistencia a clase de menores, descarga el MANUAL PARA PADRES Y MADRES EDUCAMOS CLM pinchando aquí.